Alivios rentas para inquilinos cuartos y casas Alivios rentas para inquilinos cuartos y casas
NUEVA YORK (Diario La Prensa).- En abril pasado la Legislatura del Estado de Nueva York escuchó el clamor de miles de inquilinos con meses... Alivios rentas para inquilinos cuartos y casas

NUEVA YORK (Diario La Prensa).- En abril pasado la Legislatura del Estado de Nueva York escuchó el clamor de miles de inquilinos con meses enteros de arriendos atrasados, quienes pedían que el Gobierno les pagara sus rentas adeudadas para no ser desalojados de sus hogares, y no terminar en la calle.

Agustina Vélez vive en un estudio

Agustina Vélez vive en un estudio

Tras una larga campaña, promovida por organizaciones comunitarias, y de la mano de líderes políticos, como el senador Brian Kavanagh, se dio luz verde al Programa de Asistencia de Emergencia para el Alquiler (ERAP), que aprobó el uso de $2,300 millones de fondos federales y $100 millones estatales para pagar a los caseros las rentas adeudadas por más de 1 millón de inquilinos,hasta por un período máximo de 12 meses.

La responsabilidad de manejar el programa se le asignó a la Oficina de Asistencia Temporal y por Discapacidad (OTDA), y mientras esa agencia ultima detalles para abrir el proceso de recepción de aplicaciones de ayuda en las próximas semanas, se conoció que además de los inquilinos de apartamentos, aquellas personas que viven en casas compartidas o incluso en habitaciones individuales, también pueden solicitar los alivios para que el Estado pague sus deudas de arriendo.

Así lo explicó la abogada Jennie Stephens-Romero, de la organización Make the Road NY (MRNY), quien advirtió que el programa de alivios de pago de alquileres está diseñado para ayudar a inquilinos de cualquier tipo de unidad de vivienda en el estado de Nueva York, que no hayan podido pagar sus rentas debido a la crisis del COVID, sin importar su estatus migratorio.

Si no hay un contrato de por medio, como ocurre en la renta de muchos cuartos en la ciudad, donde suelen hacerse arreglos de palabra, ni recibos de pagos, el inquilino deberá presentar una declaración juramentada bajo pena de perjurio, donde certifique que vive en la habitación por la cual está reclamando la ayuda.

Cabe advertir que, aunque los fondos son para cubrir las deudas de los arrendatarios, los inquilinos no recibirán esos dineros de manera directa, sino que se se entregarán a los caseros afectados por el no pago por el uso de sus inmuebles, a través de sus cuentas bancarias.

No necesita tener un contrato vigente

“El inquilino del cuarto, al igual que los de apartamentos y casas, no tienen necesariamente que tener un contrato vigente, se puede mostrar un recibo de pago, expedientes escolares, estados de cuenta de banco o una declaración donde se hable de dónde vive, y se mencione el valor de la renta de cada mes y los meses que debe”, explicó la abogada Stephen-Romero.

Advirtió  que una vez el casero acepta el pago del Estado, se compromete a no desalojar al inquilino por un año, y a no subirle el costo de alquiler por el mismo período de tiempo.

Ricardo Rosa

Periodista, labor que realizo desde 1970. He laborado en diferentes medios noticiosos (radio, televisión, periódicos impresos y digitales) tanto de Santiago como de Santo Domingo.

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