PUNTOS…Y PICAS
Opinión May 24, 2023 Ricardo Rosa
POR CARLOS MANUEL ESTRELLA
Voto penitenciario
La Junta Central Electoral y la Procuraduría General de la República han dado un paso de avance y de reafirmación de derechos fundamentales al acordar esfuerzos a fin de que, para las elecciones generales de 2024, los privados de libertad preventiva materialicen el ejercicio del sufragio activo .
En 2020 la JCE realizó una prueba o proyecto piloto para una población carcelaria habilitada para el voto de solo 1,852 ciudadanos, limitado al nivel de elección presidencial, y lo había intentado sin éxito desde 2006, inclusive, con la firma de compromisos interinstitucionales similares al actual .
La población carcelaria total, en 41 centros de reclusión, según informe de la Oficina Nacional de Defensa Pública, es de 25,711 personas y cerca del 70%, casi 18 mil ciudadanos, está en la condición de preventivos, sin condena definitiva y, por ello , no se les ha privado de sus derechos civiles y políticos.
Los que están encerrados y contra ellos no existe una decisión judicial definitiva que les dé a su caso lo que en derecho se llama “la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada”, tienen limitados obviamente sus derechos fundamentales a la libertad individual y al libre tránsito, pero no el resto.
El artículo 22 de la Constitución establece los derechos de ciudadanía encabezados por el de elegir y ser elegibles a los cargos de elección popular, y sobre la suspensión de esta atribución individual (art. 24) se señala como número uno la “condenación irrevocable a pena penal”, hasta su término.
Es relevante que la JCE y la Procuraduría General de la República se concentren en desarrollar todas las acciones de lugar, legales y logísticas, para que los presos preventivos ejerzan su derecho de participación política activa mediante el voto en 2024, a pesar de que “al sistema” quizás no le convenga.