Diputados aprueban proyecto ley Fideicomiso Diputados aprueban proyecto ley Fideicomiso
SANTO DOMINGO.- Faltando horas para el cierre de la legislatura ordinaria, prevista para mañana, la Cámara de Diputados arrancó ayer martes sus trabajos legislativos en... Diputados aprueban proyecto ley Fideicomiso

SANTO DOMINGO.- Faltando horas para el cierre de la legislatura ordinaria, prevista para mañana, la Cámara de Diputados arrancó ayer martes sus trabajos legislativos en sesiones, luego de los días feriados, con intensas jornadas laborales. Entre otros asuntos, aprobó en primera lectura el proyecto de ley de Fideicomiso Público, convirtió en ley otros tres proyectos y sancionó de forma favorable un préstamo.

Sesión Cámara de Diputados

Sesión Cámara de Diputados

Precisamente este martes, con el rechazo de los diputados de los Partidos de la Liberación Dominicana (PLD) y de la Fuerza del Pueblo y tras intensos debates, la Cámara de Diputados aprobó en primera lectura y con modificaciones el proyecto de ley de Fideicomiso Público.  La pieza fue aprobada con 103 votos a favor, 61 en contra y hubo cinco abstenciones.

El pleno acogió el informe favorable, con modificaciones, de la comisión especial, presidida por el diputado Francisco J. Paulino. El documento fue firmado por nueve diputados y  otros 10, integrantes de seis partidos de oposición, no lo rubricaron. Se trata de los miembros de los partidos de la Liberación Dominicana (PLD), Fuerza del Pueblo (FP), Revolucionario Dominicano (PRD), Reformista Social Cristiano (PRSC), Alianza País y Frente Amplio.

Comisionados consultados por Diario Libre explicaron que durante la última reunión de la comisión especial aprobaron el informe con la mayoría de los votos de los diputados presentes por lo cual dicho informe era válido.

Entre las decisiones tomadas por la comisión especial, que según el informe favorable, fueron aprobadas en tan solo cinco minutos, figuran el cuestionado artículo 14 de la pieza al que le fue eliminada la frase “los principios”, agregada el pasado 25 de mayo en el pleno del Senado .

La pieza reza que los procesos para la selección de proveedores, la adjudicación de contratos para realizar obras, la prestación de servicios, adquisición de bienes con cargo al patrimonio fideicomitivo, y las demás actuaciones del fideicomiso público, se harán “de conformidad a la Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas, Obras y Concesiones y sus modificaciones”.

Se mantiene el párrafo del artículo 14 que establece que cada fideicomiso público deberá elaborar un reglamento interno de contrataciones que contendrá los requerimientos y estándares internacionales necesarios para contratar bienes y servicios. El reglamento deberá ser aprobado por la Dirección General de Contrataciones Públicas.

Además, consigna en el artículo 6 que la constitución de todo fideicomiso público deberá estar precedida por un decreto, sin el cual, no tendrá validez.

El párrafo I, del artículo 6, fue modificado y establece que los fideicomisos públicos que contengan disposiciones relativas a la afectación de las rentas nacionales, a la enajenación de bienes del Estado, al levantamiento de empréstitos o cuando estipulen exenciones de impuestos en general, estarán sujetos a la aprobación del Congreso Nacional. Se le añadió a lo anterior es “según lo que establece el artículo 128, numeral 2), literal d) de la Constitución”.

Ricardo Rosa

Periodista, labor que realizo desde 1970. He laborado en diferentes medios noticiosos (radio, televisión, periódicos impresos y digitales) tanto de Santiago como de Santo Domingo.

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