Intríngulis de las embarcadoras en USA Intríngulis de las embarcadoras en USA
POR ADALBERTO DOMINGUEZ Desde el año 1845, durante el régimen independentista, se creó la Ley Núm. 34, del 29 de mayo, sobre el Régimen... Intríngulis de las embarcadoras en USA

POR ADALBERTO DOMINGUEZ

Desde el año 1845, durante el régimen independentista, se creó la Ley Núm. 34, del 29 de mayo, sobre el Régimen de Aduanas, como una forma de aumentar sus ingresos y regularizar el comercio nacional e internacional, tomando en cuenta para la época la naturalización de los buques y la expedición de patentes de navegación, siendo sustituida por la Ley Núm. 2595 sobre el Régimen de Aduanas y Puertos, emitida el 14 de octubre de 1887, y la cual era más abarcadora.

Surgieron otras leyes posteriormente –en los años 1889, 1892, 1896, 1907,1909  y 1953- para adaptar el régimen aduanero a las condiciones económicas y comerciales del momento, conforme, además, a las relaciones mantenidas por la República Dominicana con otros países.

La Ley No. 3489, para el Régimen de las Aduanas, dada el 12 de febrero de 1953 durante la férrea dictadura de Rafael Leónidas Trujillo (“El Jefe”) en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, como se conocía la capital dominicana, es la que rige, con sus rigurosidades y debilidades, el sistema aduanero que incluye la llegada de mercancías desde el extranjero al país.

Sus mandatos están consumados en su primer artículo: “Las aduanas nacionales se regirán por la presente ley y demás disposiciones legales y reglamentarias establecidas para su funcionamiento. Deberán proceder al cobro de los derechos previstos en el Arancel de Importación y Exportación, de los otros impuestos, derechos y servicios a su cargo y al cumplimiento de todas las disposiciones que les estén atribuidas por leyes y reglamentos especiales”.

Como ente facilitador del comercio, la Dirección General de Aduanas (DGA) debe mantenerse vigilante para garantizar el cumplimiento de la legislación en vigor y de sus propios dictámenes que puedan emanar de su director Enrique A. Ramírez Paniagua, quien actúa en consonancia con los lineamientos y valores que caracterizan la gestión del presidente de la República Dominicana, licenciado Danilo Medina Sánchez, frente a los desafíos locales y mundiales.

Últimamente, inspectores del organismo aduanero han decomisado armas de alto calibre, municiones, electrodomésticos y cargamentos de alucinógenos que llegan desde los Estados Unidos y otros países en tanques y cajas transportadas por empresas embarcadoras, lo que se está convirtiendo en una tradición por la forma frecuente con que se hacen los envíos de esas mercancías desde Nueva York, Nueva Jersey, Florida y otros estados de la nación norteamericana.

Son muchos los casos, pero como prototipo referimos el decomiso en el Puerto de Haina Oriental, en mayo pasado, de armas de fuego de alto calibre y municiones, incluido un fusil de asalto similar al AK-47, dos rifles marcas Marlin, modelo W60, calibre 22, un Mossberg modelo 715 P, calibre 22, y dos mil 50 municiones calibres 9mm, 22 mm, 38 mm y 380 mm, que fueron enviados a través de la compañía naviera Génova Intl., desde Miami, Florida, a Dominican Imports and Services, SRL, que aparece como consignataria. Parte de la mercancía había sido manifestada como piezas y artículos del hogar.

También está el manoseado caso de los 18 paquetes de marihuana que ingresaron al país desde EE. UU. en el interior de un tanque, a través de la empresa Embarque Santiago Cargo Express,
SRL, consignado a Kelvin T. Coppins, y hallados en los almacenes Almanorte, en Santiago, a principio de septiembre. Y… no hablar del caso de Salcedo Cargo Express, la empresa que transportó desde Nueva York US$1.4 millones que fueron ocupados por la DGA.

Ante el uso de estrategias de personas inescrupulosas que utilizan los servicios de las empresas embarcadoras conocidas también como “shippings” o “mudanceras” para incurrir en acciones ilícitas, estas deben implementar medidas de inspección antes de enviar los tanques o cajas a los puertos de embarque, entre otras, que eviten que entre las mercancías enviadas por dominicanos residentes en el extranjero a familiares, amigos y relacionados en su país de origen, se introduzcan drogas y armas, así como electrodomésticos y otros artículos de contrabando por los cuales deben pagar impuestos.

Aunque ciertamente, los dominicanos residentes en los Estados Unidos de América contribuyen con el bienestar de sus familias y el crecimiento de la economía de su nación, con el envío de unos 4,000 millones de dólares anualmente en el mercado formal e informal, así como con mercancías (ropa, alimentos, medicinas, electrodomésticos, etc.), la intríngulis de las empresas embarcadoras se sinteriza en tres elementos preponderantes que deben ser objeto de análisis: contrabando de armas, narcotráfico y las tácticas comerciales para evadir el pago de impuestos. El Gobierno Dominicano no hace más que proteger a la población y el país, con hacer cumplir la Ley para el Régimen de Aduanas.

 

 

Ricardo Rosa

Periodista, labor que realizo desde 1970. He laborado en diferentes medios noticiosos (radio, televisión, periódicos impresos y digitales) tanto de Santiago como de Santo Domingo.

Baracoero